La declaración de los derechos del niño y la niña es un logro alcanzado el día 20 de noviembre de 1959 dentro de la ONU, con la cual se resguarda la vida, salud, educación, protección y convivencia de estos pequeños libres de discriminación y más; tema que conocerás ampliamente dentro de este articulo; disfrútalo.
Declaración de los derechos del niño y la niña
Cada 20 de noviembre se celebra el Día Universal de los Derechos del Niño/a; reconociendo de igual manera a lo largo de todo el año el papel importante del bienestar y desarrollo de todos los pequeños en el mundo.
Si bien históricamente en el año 1948 tras la Declaración Universal de los Derechos Humanos se reconoció que era vital otorgarle a la infancia una Ley especial bajo la cual se respaldaran sus derechos, esta se hizo efectiva en el año 1959 con la Declaración de los Derechos del Niño/a.
Algún tiempo después se estableció el Fondo Internacional de Emergencia de las Naciones Unidas para los niños o UNICEF; como las institución encargada de hacer cumplir estos derechos.
Es oportuno indicar que como parte de esta normativa se establecieron una serie de pautas relacionadas con la educación, salud, convivencia familiar, protección, erradicación de la discriminación y el derecho que tienen todos los niños y niñas de ser respetados y escuchados por parte de las demás personas.
Dentro de esta Declaración de los Derechos del Niño/a se ha dejado claro que todos los Estados deben asegurarse de que los menores de 18 años disfruten de los derechos contenidos en esta normativa sin distinción en lo referente al lugar de nacimiento, color, raza, idioma o cualquier otra condición presentada por ellos o sus representantes legales.
Cabe citar que se consideran como Derechos de los niños/as los siguientes, acorde con lo establecido dentro esta Declaración:
- Protección de su vida y respeto de su intimidad
- Acceso a los servicios sanitarios y a gozar de salud.
- Practicar deportes, jugar y disfrutar de un ambiente sano.
- No sufrir humillaciones ni abusos de ninguna clase.
- Respetar su honor y proteger su imagen.
- Contar con su documento de identidad, nombre, nacionalidad e idioma propio.
- Respeto la forma de ser de su lugar de procedencia.
- Conocer y mantener un vínculo directo con sus padres biológicos, aunque se encuentren separados o privados de libertad, a menos que se ponga en riesgo su integridad física y mental.
- Contar con una familia adoptiva o alternativa, en caso de que no puedan estar en contacto directo con sus padres.
- Recibir educación pública y gratuita en todos los niveles educativos, con derecho a ingresar y permanecer en instituciones cercanas a su domicilio.
- Gozar de los beneficios de la seguridad social.
- Expresar libremente su opinión dentro del núcleo familiar y escuela en función de su grado de madurez.
- Pertenecer a asociaciones con fines deportivos, culturales o políticos, siempre y cuando solo estén integradas por menores de edad.
Se han incluido algunos derechos adicionales para el caso de los adolescentes a partir de los 13 años; en ellos se establece que pueden desempeñar cargos laborales, siempre y cuando no pongan en riesgo su salud.
Pueden casarse con autorización judicial si tienen menos de 16 años y contando con la aprobación de sus padres, además son considerados como adultos en lo relativo a las decisiones que tomen, referente al cuidado de su cuerpo y decidir si desean someterse a cualquier tratamiento que no sea invasivo.
Aunado a esto, en caso de ser mamá o papá a los 13 años pueden dedicarse al cuidado de sus hijos y no se permitirá que sean sancionados o discriminados por ninguna institución educativa a causa de estar atravesando por un embarazo o ya encontrarse cumpliendo labores del cuidado de su descendencia.